Al desplegar un seguimiento a los medios de comunicación, con respecto a los acontecimientos que se vienen desarrollando en Puno, uno solo puede observar imágenes de instalaciones públicas saqueadas, incendiadas y de gente “tomando” carreteras. Solo tenemos conocimientos por los medios de comunicación que nos trasmiten –algunas veces- la realidad de los hechos, pero al final, siempre se nos queda la interpretación de los reportajes y periodistas, haciéndonos pensar que la población actúa insensatamente y no quiere ni el progreso ni el desarrollo.
Ninguno se pregunta si las demandas de las comunidades campesinas son viables o legítimas, si se ajustan a nuestro sistema jurídico. Para el común, estas demandas solo son exigencias sin sentido de lideres radicales quienes tienen intereses de por medio; pero no nos hemos puesto a pensar que la concepción que hay en Lima es diferente a la concepción a la que hay en Puno, y esto se comprueba con el voto obtenido hacia el presidente –aún no juramentado- Ollanta Humala.
No estoy apoyando ni tampoco mostrándome de acuerdo con los actos vandálicos y de robo de algunos sectores minoritarios quienes se aprovechan de las protestas que hace la población, para cometer sus fechorías a su antojo. Por el contario, considero que son delitos que deben ser sancionados.
Lo que reclaman
El pliego de reclamos del Frente de Defensa planteó tres exigencias primordiales:
- Que se declare intangible de actividades mineras el cerro Khapia, la cuál es usado para actividades agrícolas y considerado por ellos como “Apu” de la provincia de Yunguyo.
- La derogatoria del Decreto Supremo 083-2007, el cual concede una serie de denuncias mineras al proyecto Santa Ana y tendría vicios de ilegalidad.
- La suspensión de todas las concesiones mineras en las provincias de Chucuito, Yunguyo, El Collao y Puno, hasta que se realice un ordenamiento territorial de toda la región.
Demandas de la población de Puno
La primera demanda que sustentan es el derecho de los pueblos indígenas a la autodeterminación y a su propia concepción de desarrollo (artículo 7 del Convenio 169 de la OIT). Este derecho es violado cuando se impone una sola concepción de desarrollo y de progreso, basado en la explotación intensiva de los recursos naturales.
La segunda demanda es el derecho de los pueblos indígenas a la identidad cultural (artículo 8 del Convenio 169 de la OIT), violado por el Estado debido a que no ha respetado el valor religioso y cultural que tiene el Cerro Khapia -Apu de la población.
La tercera demanda es el derecho de los pueblos indígenas a los recursos naturales (artículo 15 del Convenio 169 de la OIT), ellos reclaman el derecho al agua; la cual es necesitada en grandes proporciones por las mineras.
La cuarta demanda, es el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas; la cual ninguna de las concesiones mineras ha cumplido.
Son varios derechos establecidos en la OIT que no se han respetado, entre ellos tenemos el derecho a un medio ambiente sano, a la salud, a la propiedad colectiva y al territorio de los pueblos indígenas.
Lo cual nos lleva a percibir que lo que exigen los pobladores de Puno es el cumplimento y acatamiento de sus derechos, y que es obligación del Estado hacerlo cumplir sin condiciones.
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